Mar 27, 2020 | Cultura, Destacada, Noticias
BASES “III PREMIO RELATO CORTO “VILLA DE CATRAL”
Mediante Decreto de Alcaldía número 2020-0130 de fecha 26 de marzo de 2020, se aprobaron las Bases del III Premio Relato “VILLA DE CATRAL” con el objetivo de fomentar la creatividad artística y literaria.
BASES DE PARTICIPACIÓN
- Pueden participar los autores que tengan como mínimo 16 años de edad, cumplidos a lo largo de 2020, nacidos o residentes en la provincia de Alicante.
- Los relatos serán de tema libre y estarán escritos en castellano, debiendo ser originales y no haber sido premiados en ningún certamen.
- El autor se hace responsable, mediante declaración jurada (en el caso de menores de edad será el padre, madre y/o tutor/a) que la obra presentada a concurso, especificando el título, no es copia, adaptación, ni modificación de obra ajena, siendo este responsable único ante cualquier responsabilidad que pudiera derivarse con relación al cumplimiento de las disposiciones en materia de Propiedad Intelectual sobre los trabajos presentados al concurso.
- Las obras estarán mecanografiadas en la fuente Time New Roman, tamaño 12, a doble espacio y tendrán un máximo de 1.500 palabras. Las páginas deben ir numeradas. La portada será una página, no incluida en las anteriores, en la que únicamente aparecerá el título del relato.
- Las obras se enviarán al correo electrónico relatocortovilladecatral@ayuntamientocatral.com en formato de documento pdf que tendrá como nombre el número y letra del Documento Nacional de Identidad del participante. En el mismo envío deben remitirse los siguientes documentos en formato pdf: la ficha de inscripción cumplimentada en todos sus apartados y una copia por ambas caras del Documento Nacional de Identidad. Los participantes menores de edad deberán aportar autorización paterna junto con el resto de la documentación. El envío de estos tres documentos debe llevar por leyenda II Premio Relato Corto Villa de Catral.
- Cada autor podrá presentar un máximo de dos obras, que se enviarán por separado, siguiendo el procedimiento establecido en la base 5.
- El plazo de envío de las obras será desde la publicación de las presentes Bases hasta las 0 horas del viernes, 30 de abril de 2020. La organización responderá al participante con otro correo confirmando su admisión. Mientras no se reciba el correo de confirmación no se podrá entender que está incluido en el certamen. Fuera de las fechas y horarios citados, la organización devolverá los correos recibidos haciendo constar que no están admitidos al certamen.
- Se establecen tres premios: un primero de 200 euros, un segundo de 150 euros, y un tercero de 100 euros.
- El jurado podrá declarar desiertos los premios que considere oportunos.
- Los autores ganadores cederán los derechos de propiedad intelectual al Ayuntamiento de Catral para su futura publicación. Caso de edición por cualquier medio de los relatos ganadores, los autores citarán siempre que han sido premiados en el III Premio de Relato corto “Villa de Catral 2020” convocado por el Ayuntamiento de Catral.
- La entrega de premios se celebrará en el mes de mayo de 2020. En el transcurso del mismo se dará a conocer la composición del jurado, cuyo veredicto será inapelable.
- La participación en este certamen supone la aceptación de las presentes bases.
Ver documento oficial Descargar ficha de inscripción
Mar 18, 2020 | Bandos, Destacada, Noticias
DOÑA MARÍA INMACULADA ÚBEDA PASCUAL, ALCALDESA-PRESIDENTA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CATRAL
HACE SABER:
Teniendo en cuenta la evolución de la situación sanitaria general causada por el Covid-19 y siguiendo la pauta de las recomendaciones y medidas adoptadas por las autoridades sanitarias para poner freno a la expansión del virus, por esta Alcaldía se ha dispuesto lo siguiente:
Primero.- Se han dispuesto las medidas necesarias para asegurar el mantenimiento de los servicios mínimos que desde el Ayuntamiento se deben garantizar a los ciudadanos, y en particular, la seguridad ciudadana (Policía Local); los suministros de agua, luz, gas, electricidad y telecomunicaciones; recogida y transporte de Residuos Sólidos Urbanos; los servicios funerarios (exhumaciones e inhumaciones); y los servicios generales de la Administración y atención al ciudadano.
Segundo.- Que para la prestación de estos servicios, se ha dotado al personal de estos servicios mínimos de las medidas de autoprotección recomendadas por las autoridades sanitarias; y se ha dispuesto la concesión de permisos para modalidades no presenciales de trabajo siempre que este sea posible en función del trabajo y el grado de afectación de los trabajadores (teletrabajo).
Tercero.- En virtud de lo dispuesto en la Disposición Adicional Tercera del RD 463/2020, quedan suspendidos y se interrumpen los plazos administrativos hasta tanto dure la situación de emergencia; y en particular, y entre otros, de los siguientes expedientes administrativos, que se encuentran en fase de presentación de solicitudes por los interesados:
- Bolsa de empleo del Ayuntamiento: Se suspende el plazo de presentación de solicitudes, por lo que se amplía el plazo máximo, que se establecía para el día 31 de marzo de 2020, hasta que pase la situación de emergencia.
- Concurso de cortos: No se suspenden los plazos puesto que la presentación de solicitudes se realizará únicamente de manera telemática, quedando establecido hasta el día 5 de abril de 2020).
- Obras Certamen Nacional de Teatro: No se suspenden los plazos puesto que la presentación de solicitudes se realizará únicamente de manera telemática quedando establecido hasta el día 31 de mayo).
- Mercados: Se suspende el plazo de presentación de solicitudes, por lo que se amplía el plazo máximo, que se establecía para el día 15 de abril de 2020, hasta que pase la situación de emergencia.
- Mercado venta de la palma de Domingo de Ramos (No procede debido a la suspensión de todos los actos de la Semana Santa)
Cuarto.- Quedan interrumpidas las convocatorias y celebraciones de Plenos, Comisiones Informativas, Juntas de Gobierno Locales y cualesquiera reunión de los Órganos Colegiados de la Corporación, excepto los que hubiere que celebrar por motivos de urgencia.
Quinto.- El Ayuntamiento de Catral se ve obligado a establecer las medidas de prevención referidas en base a la situación de pandemia por Covid-19, y solicitamos a la población comprensión, responsabilidad y seguimiento de las recomendaciones dadas por los medios oficiales.
Sexto.- Es imprescindible evitar aglomeraciones y realización de actividades, así como la movilidad, para mitigar la difusión de la enfermedad, siendo recomendable permanecer el máximo tiempo posible en el interior del domicilio. En este sentido, se ruega que, en la medida de lo posible, se prioricen los trámites por medios telemáticos o telefónicos, evitando acudir presencialmente a las oficinas e instalaciones municipales. #quedatencasa
Séptimo.- Por último, desde el Ayuntamiento se recuerda que en el supuesto de que se detecten síntomas que pudieran asociarse con el Coronavirus (fiebre, tos y sensación de falta de aire) las personas afectadas deberán permanecer en casa y llamar al número de teléfono facilitado por la Consellería de Sanidad (900300555).
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Mar 13, 2020 | Bandos, Destacada, Noticias
Teniendo en cuenta la evolución de la situación sanitaria general causada por el Covid-19 y siguiendo la pauta de las recomendaciones y medidas adoptadas por las autoridades sanitarias para poner freno a la expansión del virus, por esta Alcaldía se ha dispuesto la aplicación de las siguientes medidas.