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Nombre del trámite

Solicitud de becas para la realización de estudios de Máster en Ciencias Sociales y Humanidades en Universidades de Estados Unidos de América para el curso 2012-2013.

Objeto del trámite

Esta convocatoria propone crear las condiciones y facilitar los medios para impulsar la realización de programas de Máster en Universidades de Estados Unidos de América por graduados y licenciados españoles en titulaciones de Ciencias Sociales y Humanidades, en el marco del programa de becas ME-Fulbright. Quedan excluidos de esta convocatoria los programas en Ciencias Empresariales (MBA), Derecho y Periodismo.
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¿Quién puede iniciarlo?

Interesados/Solicitantes

Licenciados o con estudios de Grado en áreas de Ciencias Sociales y Humanidades. Máximo de 10 becas.

Requisitos

1. Con carácter general, para ser beneficiarios de este programa no podrán encontrarse incursos en ninguna de las circunstancias que prohíben la obtención de la condición de beneficiario recogidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
2. Con carácter específico, para participar en este programa, los solicitantes deberán reunir todos y cada uno de los siguientes requisitos, los cuales deberán cumplirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, salvo que se especifique lo contrario. Los requisitos exigidos han de mantenerse hasta la realización de la beca así como durante el disfrute de la misma.
a) Poseer nacionalidad española o de cualquier país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con autorización de residencia en España.
b) Haber obtenido el título de Licenciado o Graduado en áreas de Ciencias Sociales y Humanidades. La fecha de terminación de estudios debe ser posterior al 1 de enero de 2009. Los estudiantes que estén finalizando la licenciatura o los estudios de grado en el presente curso 2010-2011, podrán participar en la convocatoria siempre que este requisito lo cumplan antes del 31 de julio de 2011.
c) En caso de que la titulación haya sido expedida por una universidad extranjera o un centro español no estatal se habrá de justificar documentalmente la homologación o reconocimiento oficial de la titulación.
d) Contar con un expediente académico con nota media igual o superior a 2,00 puntos, de acuerdo con el baremo siguiente: Aprobado=1, Notable=2, Sobresaliente=3, Matrícula de Honor=4, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1497/1987, modificado parcialmente en el párrafo segundo del apartado Uno.5 del anexo I, por el Real Decreto 1044/2003, de 1 de agosto.
e) No haber disfrutado becas para la realización de estudios de Máster en el extranjero por un período superior a 12 meses. Este requisito ha de mantenerse y cumplirse en la fecha de inicio de la beca, debiendo acreditarse su cumplimiento con carácter previo a la resolución de concesión.
f) No estar realizando estudios de postgrado o proyectos de investigación predoctoral en EE.UU. Este requisito ha de mantenerse y cumplirse en la fecha de inicio de la beca, debiendo acreditarse su cumplimiento con carácter previo a la resolución de concesión.
g) No haber finalizado ningún doctorado. Este requisito ha de mantenerse y cumplirse en la fecha de inicio de la beca, debiendo acreditarse su cumplimiento con carácter previo a la resolución de concesión.
h) No haber disfrutado una beca Fulbright de ampliación de estudios de posgrado. Este requisito ha de mantenerse y cumplirse en la fecha de inicio de la beca, debiendo acreditarse su cumplimiento con carácter previo a la resolución de concesión.
i) Excelente conocimiento del idioma inglés.
j) Poseer buenas referencias académicas o profesionales, que deberán ser acreditadas en cartas emitidas por los profesores o investigadores correspondientes.
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Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro

Pago a los beneficiarios de las becas:

a) El pago a los beneficiarios lo hará directamente la Comisión, de conformidad con las normas que tengan establecidas en su entidad y de acuerdo con las directrices que, en su caso, marque el órgano gestor del programa, que podrá solicitar información sobre cualquier aspecto relacionado con el pago.
b) La Comisión Fulbright requerirá a los beneficiarios que acrediten estar al corriente de obligaciones tributarias y con la seguridad social, así como no ser deudores por resolución de procedencia de reintegro, como requisito imprescindible para realizar el pago.
c) La Comisión se compromete a adelantar las cantidades necesarias para que los becarios puedan percibir la dotación correspondiente desde el primer mes a partir de su incorporación.
d) Los becarios percibirán la dotación fijada para su beca con efectos del día de incorporación acreditado en el correspondiente documento y el importe a percibir en ese mes será proporcional al período transcurrido desde esa fecha, percibiendo la parte proporcional de esa mensualidad.
e) De igual forma el importe a percibir en el mes de finalización se hará con efectos del día de finalización concedido en la resolución, percibiendo la parte proporcional de esa mensualidad.
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¿Cuándo solicitarlo?

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será desde el 7 al 22 de septiembre de 2011.
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¿Dónde dirigirse?

Registro General del Ministerio de Educación (Calle Los Madrazo, 15-17, 28071 Madrid) o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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¿Qué documentación se debe presentar?

– Las solicitudes, dirigidas a la Dirección General de Política Universitaria, se presentarán, en modelo normalizado. Los impresos de solicitud podrán obtenerse a través de Internet en la siguiente dirección: https://www.educacion.gob.es/educacion/universidades/convocatorias/titulados-doctores-profesores/master-eeuu.html , así como en la página web de la Comisión Fulbright: https://www.fulbright.es

La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos originales o fotocopias debidamente compulsadas:
a) Copia del documento acreditativo de identidad en vigor en el caso de ciudadanos españoles o ciudadanos extranjeros residentes en territorio español que no presten consentimiento para que el órgano instructor pueda comprobar los datos de identidad de modo fehaciente, de acuerdo con el artículo único 3 del Real Decreto 522/2006. El consentimiento o su denegación se reflejarán en la instancia de solicitud.
b) En el caso de ciudadanos de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo residentes en España, copia compulsada del Certificado de Registro de ciudadano de la Unión.
c) Currículum vitae, en el modelo que figura en los impresos normalizados de solicitud.
d) Certificación académica oficial o fotocopia compulsada en la que figuren, de modo detallado, las calificaciones correspondientes a las distintas asignaturas y las fechas en que se obtuvieron. En este certificado deberá constar la nota media del expediente adaptada al baremo de 1 a 4 puntos y obtenida de conformidad con lo expuesto en el punto 3.d. de la presente convocatoria. En caso de que el candidato finalice sus estudios de grado o licenciatura en el curso 2010-2011 podrá concurrir a la presente convocatoria siempre que acredite y aporte esta certificación antes del 31 de julio de 2011.
e) En el caso de los estudios realizados parcial o totalmente en el extranjero, al certificado del expediente académico se adjuntará la declaración responsable de nota media realizada por el interesado en el modelo de impreso normalizado y que deberá efectuarse de acuerdo con las instrucciones contenidas en el mismo. En tales casos, la certificación indicará, asimismo, cuáles son las calificaciones máximas y mínimas dentro del sistema de evaluación correspondiente; del mismo modo, se hará constar cuál es la calificación mínima necesaria para aprobar. Se adjuntarán los impresos de conversión de la nota al sistema decimal español y la declaración de nota media resultante en el baremo de 1 a 4 puntos.
Los solicitantes que hayan cursado los estudios en el extranjero y posean certificación académica extendida en un idioma distinto del español habrán de acompañarla de la correspondiente traducción jurada.
f) Copia compulsada, en su caso, del documento justificativo de la homologación o reconocimiento oficial de las titulaciones obtenidas en el extranjero.
g) Tres cartas de referencia, preferentemente en inglés, en los impresos facilitados para ello con la solicitud. De acuerdo con las instrucciones que figuran en los mismos, los firmantes, bien sean profesores universitarios o personas elegidas por su relación académica o profesional, deberán entregar los originales al solicitante en un sobre cerrado.
h) Fotocopia del resultado del Test of English as a Foreign Language (TOEFL) con la puntuación mínima de 600 en el examen en papel, o de 100 en la modalidad por Internet. También se aceptarán los resultados del International English Language Testing System (IELTS) con una puntuación mínima de 7. Los solicitantes que no aporten resultados antes de la entrevista personal obligatoria quedarán eliminados del proceso de selección.
i) Memoria sobre los estudios que pretenda realizar en Estados Unidos, en 4 folios como máximo, y en la que conste su interés científico y aplicabilidad a su regreso a España. A estos efectos, se podrán incluir hasta tres programas de estudios y aportar una memoria para cada uno de ellos.
j) Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos establecidos en los arts. 3.2.e, 3.2.f, 3.2.g y 3.2.h.
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¿Cómo se tramita?

Pasos

– Presentación de la solicitud y documentación requerida
– La instrucción del procedimiento corresponde a la Subdirección General de Formación y Movilidad del Profesorado de la Dirección General de Política Universitaria y se iniciará al día siguiente de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
– La evaluación y preselección de los candidatos será realizada por una Comisión de Evaluación y Preselección, formada por un mínimo de tres expertos científicos de las distintas áreas científicas de las solicitudes presentadas, nombrada al efecto por el Director General de Política Universitaria y presidida por el titular de la unidad instructora del procedimiento o persona en quien delegue.
– Una vez efectuada por los expertos científicos la evaluación científica individualizada de cada solicitud, la Comisión, con base en dicha evaluación y teniendo en cuenta el nivel exigido por las características del programa, elaborará una relación priorizada de candidatos preseleccionados.
– La preselección deberá efectuarse en el plazo de 5 meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
– En el plazo de un mes desde que se efectúe la preselección, una Comisión de Selección, nombrada por la Dirección General de Política Universitaria y en la que se incluirán representantes de la Comisión Fulbright, realizará una entrevista personal a cada uno de los candidatos preseleccionados, entrevista a la que serán convocados oportunamente.
– Realizadas las entrevistas, la Comisión de Selección elaborará una relación priorizada de candidatos seleccionados y con base en la misma el órgano instructor elevará la propuesta de candidatos seleccionados a la Dirección General de Política Universitaria que efectuará la correspondiente resolución.
– La resolución de selección de candidatos se publicará en la página web de la Dirección General de Política Universitaria (https://www.educacion.gob.es/educacion/universidades/convocatorias/titulados-doctores-profesores/master-eeuu.html , así como en el tablón de anuncios de la misma. También se publicará en la página web de la Comisión Fulbright (www.fulbright.es ).
En el caso de no llevarse a cabo la resolución de selección en el plazo señalado o en su prórroga, se entenderán desestimadas las solicitudes.
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¿Qué recursos proceden contra la resolución?

Los previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27/11/92) y la nueva redacción dada a su articulado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, de 14/01/99).
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Información complementaria

CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES DE LAS BECAS

1. Las becas tienen como fin la realización de un programa de Máster.

2. Los becarios deberán dedicarse en exclusiva al programa de estudios para el que se les haya concedido la beca, pudiendo compatibilizarlo con la colaboración en los departamentos de la universidad receptora. El disfrute de las becas es incompatible con la percepción de cualquier otra beca, ayuda o retribución de cualquier índole, durante el período de vigencia de las mismas, salvo las posibles compensaciones derivadas de su colaboración como lectores, ayudantes de conversación o similares, en la universidad de destino. En aquellos casos en que el programa de Master requiera la realización de prácticas remuneradas, el becario deberá solicitar, a través de la Comisión Fulbright, la compatibilidad con sus estudios. En función de la cuantía a percibir la Dirección General de Política Universitaria procederá a autorizar la compatibilidad total o parcial con la dotación mensual de la beca, pudiendo minorarse la asignación de esta última durante el período de prácticas.

3. La gestión de este programa de becas se realiza por la Dirección General de Política Universitaria en colaboración con la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y Estados Unidos (Comisión Fulbright), de conformidad con los términos recogidos en el convenio de colaboración firmado entre ambas instituciones. Esta Comisión participará en la selección de los becarios, así como en el seguimiento del desarrollo de sus estudios durante el período de disfrute de las becas.

4. La fecha de inicio de las becas será fijada por la Comisión Fulbright en función de la programación de las universidades receptoras y de los cursos de orientación preacadémica.


DURACIÓN

La duración de las becas será de doce meses, prorrogable por otro período máximo de doce meses.

IMPORTE
Las becas incluirán:
a) Una dotación mensual calculada según la ciudad de destino en Estados Unidos que será de 1.500,00 euros como máximo, financiada con cargo al Ministerio de Educación.
b) Una cantidad en concepto de matrícula o tasas académicas por importe máximo de 7.000,00 euros, cuando proceda, que la Comisión Fulbright se encargará de abonar directamente a la Universidad de destino, financiada con cargo al Ministerio de Educación.
c) 1.250,00 euros para gastos de viaje de ida y vuelta, financiada con cargo a la Comisión Fulbright.
d) Seguro de accidentes corporales y de asistencia sanitaria -excluida la obstetricia y la odontología- que el Programa Fulbright ofrece a sus becarios.

RENOVACIÓN DE LAS BECAS
1. Las becas podrán ser prorrogadas por un nuevo período de doce meses como máximo.
2. Renovación de becas concedidas al amparo de esta convocatoria. La solicitud de renovación de las becas concedidas al amparo de esta convocatoria se formalizará en los términos y plazos que se establezcan en la convocatoria del año 2012.
3. Renovación de becas concedidas en convocatorias anteriores.
a) La renovación de las becas concedidas por convocatorias anteriores, así como el resto de las condiciones de disfrute de las mismas, se regirá por lo dispuesto en esta convocatoria.
b) El plazo de presentación de solicitudes de renovación será durante el mes de febrero de 2012.
c) La solicitud de renovación se formulará, a través de la Comisión Fulbright, en el impreso normalizado establecido al efecto, acompañado de una memoria elaborada por el becario en la que haga constar los progresos realizados en los estudios, del expediente académico, así como de un informe del departamento al que esté adscrito. La solicitud de prórroga será considerada por la Dirección General de Política Universitaria y a la vista del rendimiento académico y del informe del Departamento acordará, previa evaluación científica de los mismos, si procede o no la prórroga de la beca. La Dirección General de Política Universitaria podrá recabar información adicional sobre el becario y su rendimiento académico antes de proceder a la renovación de la beca.
d) La concesión o denegación de las prórrogas de las becas se efectuará por resolución de la Dirección General de Política Universitaria.

Criterios de valoración

Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los criterios y baremos de selección que figuran a continuación:

a) Expediente académico del candidato, hasta 4 puntos.
b) Currículum vitae del candidato, hasta 1 punto.
c) Memoria sobre los estudios que pretenda realizar, hasta 3 puntos.
d) Tres cartas de referencia, hasta 2 puntos.

Información de las becas a través del Portal del Ministerio de Educación
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Fuentes jurídicas y/o documentales

Normativa

– Orden EDU/2097/2011, de 6 de julio, por la que se convocan becas para la realización de estudios de Máster en Ciencias Sociales y Humanidades en Universidades de Estados Unidos de América para el curso 2012-2013 (BOE nº 179, del 27/07/11).

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